Sin el engrose de la contrarreforma, derechos de audiencias siguen en el limbo: Gerardo Albarrán
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Sin el engrose de la contrarreforma, derechos de audiencias siguen en el limbo: Gerardo Albarrán

Al invalidar la Suprema Corte la contrarreforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de octubre de 2017 por el desaseo legislativo y la falta de consulta, se abrió la posibilidad de que los derechos de las audiencias se conserven según lo indica la legislación del ramo, sin embargo, la falta del engrose al cierre de esta edición, mantiene en vilo la posibilidad de que esas garantías no estén del todo seguras, de eso comenta Gerardo Albarrán.

-¿Cuál es su opinión acerca de la importancia de que la Suprema Corte haya invalidado la contrarreforma de octubre de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión?

-La decisión de la SCJN del pasado 29 de agosto sólo nos recuerda el desaseado proceso político para establecer los derechos de las audiencias, tanto desde el Congreso de la Unión como desde el propio Instituto Federal de Telecomunicaciones. Hay que tomar en cuenta que la invalidación de las reformas de 2017 no es resultado de un análisis dogmático sobre sus defectos o virtudes, sino que obedece a meras deficiencias procedimentales.

Es decir, la Corte no declaró inconstitucional el contenido de dicha reforma, sino que resolvió declararla inválida por surgir de un proceso legislativo marcado por «violaciones graves». La Corte no entró a estudiar de fondo la controversia constitucional (y sus acumuladas) que interpusieron varios senadores de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, sino que se limitó a evaluar los pasos que se siguieron para realizar la reforma. En consecuencia, seguimos sin saber si la norma jurídica producto de la reforma de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión es compatible con la Constitución o no.

-Con la anulación de la Corte, continúan vigentes los derechos de las audiencias que aquellas contrarreformas habían anulado, como el derecho a diferenciar información noticiosa de la opinión; el derecho a que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad e información. Además, devuelve al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) atribuciones para emitir lineamientos en materia de derechos de audiencias, y sancionar a quienes incumplan con aquellas garantías. ¿Qué oportunidades se abren ante esta nueva circunstancia en materia de derechos de las audiencias?

-Nada de esto queda claro. La Corte ha declarado la invalidez de la reforma de 2017 por la suma de violaciones en todas las etapas del proceso legislativo, que demostraron «la inexistencia de la calidad democrática que debe llevar cada decisión legislativa». La votación unánime que se dio en el pleno de la SCJN fue en el sentido de la derogación del decreto impugnado, pero los efectos de esta acción no quedaron establecidos en ese mismo momento debido a los siete votos concurrentes anunciados en la sesión, y dos votos más que se reservaron un voto concurrente, y que deberán incluirse en el engrose de la sentencia.

Con el fallo del 30 de agosto sólo se derogó el Decreto por el que se reformó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión del 31 de octubre de 2017, pero en ese acto no se ordenó volver a legislar en la materia ni se estableció la reviviscencia de la Ley de 2014, es decir, hacer vigente una ley que había sido derogada por otra o, como en este caso, reformada por un decreto.

-Los empresarios de la radiodifusión y analistas afines a sus intereses consideraron que esta sentencia de la Suprema Corte los beneficiaba, queriendo eludir sus obligaciones frente a sus audiencias, ¿qué opinión tiene acerca de esto?

-Las interpretaciones encontradas que hemos conocido obedecen a la disputa política detrás de esta ley y sus reformas entre los dos principales actores de esta trama: por un lado, los concesionarios de radio y televisión (marcadamente Televisa), que defienden sus intereses económicos y la discrecionalidad de la que han gozado para acrecentar su influencia y poder; y, por el otro, un grupo de activistas que llevan décadas tratando de someter a los medios electrónicos (de nuevo, con especial dedicatoria a Televisa) para acotar sus innegables abusos y excesos al amparo de los sucesivos gobiernos en turno, sin importar su signo ideológico. Hasta ahora, los derechos de las audiencias han sido pretexto y moneda de cambio.

Al día siguiente de la sesión del pleno circuló un supuesto «comunicado» de la Corte que «precisó» que sólo se invalidó la reforma de 2017, «sin ordenar la reviviscencia del texto anterior de este ordenamiento, pues no era dable que esta Corte, aun ante el vacío normativo generado con la invalidez, decretara este efecto, al advertirse claramente la intención del legislador federal de abandonar el modelo previo y no corresponder a este Tribunal sustituirse en esta voluntad. En este sentido, la decisión de la Corte no tuvo como efecto la reviviscencia de la legislación anterior, por lo cual el vacío normativo deberá ser colmado por el Congreso de la Unión, a través de la emisión de nuevas disposiciones en la materia».

Cabe destacar el que el supuesto comunicado de la Corte que he citado no existe en la página de comunicados de prensa dentro del sitio de la SCJN, en el que basaron sus notas todos los medios que lo citaron.

En cualquier caso, de ser así, los derechos de las audiencias quedarían nuevamente en el limbo, en tanto no se tenga certeza sobre los efectos de la declaratoria de invalidez de la reforma de 2017, la que sólo podrá apreciarse en el engrose terminado de la sentencia. Mientras, seguiremos viendo a concesionarios y activistas descalificándose mutuamente. (Carlos Padilla Ríos)

*Gerardo Albarrán de Alba. Actualmente es defensor de las audiencias de Ibero 90.9, la radio de la Universidad Iberoamericana en la Ciudad de México. Es, además, presidente del Consejo Consultivo del Mecanismo de Protección Integral de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de la Ciudad de México. En la última década ha sido defensor de las audiencias en medios privados, públicos y universitarios, primero como Ombudsman MVS y luego como defensor en Radio Educación, Radio Universidad de Guadalajara y el Canal 44 de televisión, también de la UdeG.

29 de octubre de 2022